conduccion

Se impone por parte de la dirección y de forma unilateral la obligatoriedad de conducir en los Centros Territoriales.

La Dirección de RRHH de CRTVE quiere imponer la conducción de los vehículos propios de CRTVE y los alquilados bajo la modalidad de “renting” a los compañeros con la ocupación tipo de Información Gráfica y Captación de Imagen y Sonido, es decir Reporteros Gráficos y Técnico Superior de Imagen, saltándose el vigente Convenio Colectivo, ya que este sólo permite conducir a los trabajadores asignados a las Unidades Informativas, a las Estaciones Terrenas (DSNG), y a los Grupos Operativos que utilicen los vehículos propios de CRTVE y los alquilados bajo la modalidad de  “renting” a estos compañeros, y ello porque perciben un complemento de puesto de trabajo que incluye dicha conducción.

La dirección de RRHH se ha reunido tres veces con el Comité Intercentros para “negociar”, pero en realidad sólo había una única posibilidad sobre la mesa, tragarse la “imposición” de una conducción obligatoria en los centros territoriales a los Reporteros Gráficos mediante la asignación del plus de Polivalencia a estos trabajadores.Así lo ha decidido de forma UNILATERAL la dirección, y en consecuencia ya ha informado de que en breve pondrá en marcha  estas medidas

La dirección de CRTVE en su propuesta-imposición olvida las pérdidas en la calidad del trabajo, el impacto en el producto final, la posibilidad real de no llegar a muchos acontecimientos con este “ahorro”, la seguridad de los trabajadores que conducen, y la de sus acompañantes. Olvidan que para entrar en esta empresa no pidieron a nadie el carnet de conducir, por lo que muchos trabajadores no lo poseen y otros muchos compañeros no están capacitados para conducir un vehículo de trabajo (por estar tomando medicamentos, tener dificultades de visión, problemas para conducir de noche o en situaciones de nieve, hielo o niebla… o sencillamente porque no quieren o no se sienten capaces de asumir una responsabilidad que además de ser muy grande está impuesta porque sí).

UGT ha informado a la dirección en el proceso negociador que la categoría de “Conductor” no se encuentra dentro de las ocupaciones tipo (categorías) definidas en el vigente Convenio Colectivo, por lo que es imposible e ilegal asignar el complemento de Polivalencia para imponer estas funciones.

UGT, además,exigió que esta “actividad complementaria” (como ellos la llaman) fuese voluntaria, y que por supuesto estuviese compensada económicamente de un modo adecuado, mediante la implantación de un “complemento específico”. Y en consecuencia con la legislación en materia de Prevención, solicitó además que aquellos trabajadores que de forma voluntaria pudiesen conducir tendrían que pasar los oportunos Reconocimientos Médicos Específicos que sean aprobados por el Comité General de Seguridad y Salud Laboral para acreditar su capacitación.

UGT también ha exigido conocer el alcance de los seguros que tienen los vehículos que quieren imponer con la obligación de conducirlos, así como el compromiso de CRTVE respecto al pago de las multas de tráfico que pudiesen originarse al amparo de este mandato unilateral.

UGT presentará una demanda de Conflicto Colectivo, con el objeto de derogar esta norma de RRHH por ser contraria a la legislación vigente, y denunciará a la Inspección de Trabajo cualquier obligación de Conducción que se produzca en el seno de nuestra empresa. Aquellos trabajadores que sean presionados por quienes, además de estar poniendo en riesgo la credibilidad, la viabilidad y el futuro de nuestra empresa, pretenden también poner en grave riesgo su integridad física con este “ordeno y mando” puedenpasar por nuestros locales sindicales, donde haremos cuanto esté en nuestra mano para defender su seguridad y sus derechos

UGT en CRTVE no acepta ni acata en absoluto esta imposición.

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